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https://www.encristiano.com/es/documentales-dvd/mendel-el-padre-de-la-genetica-1337.html

La ordenación del régimen jurídico del profesorado de religión ha contado con una diferente regulación durante las últimas décadas:
El Concordato de 1953 disponía que la religión católica se impartiría, en las escuelas primarias, por los propios maestros, salvo reparo motivado del Ordinario, y por profesores sacerdotes o religiosos y, subsidiariamente, por profesores seglares nombrados por la Autoridad civil competente a propuesta del Ordinario diocesano, en la enseñanza media.
El Acuerdo sobre Enseñanza y Asuntos Culturales de 3 de enero de 1979, suscrito entre el Estado Español y la Santa Sede, punto de partida del régimen laboral vigente de estos docentes, en su artículo III dispuso que dicha enseñanza sería impartida por las personas que fueran designadas por la autoridad académica entre aquellas que el Ordinario Diocesano propusiera para ejercer esta enseñanza y, en su artículo VII, que la situación económica de los profesores de religión, en los distintos niveles educativos que no perteneciesen a los Cuerpos docentes del Estado, se concertaría entre la Administración Central y la Conferencia Episcopal Española.
De igual modo, unos años más tarde, se suscribieron Acuerdos de Cooperación con las otras confesiones religiosas que, conforme a lo previsto en la Ley Orgánica de Libertad Religiosa, tienen un arraigo evidente o notorio en la sociedad española. En concreto, por Ley 24/1992, de 10 de noviembre, se aprueba el Acuerdo de Cooperación del Estado español con la Federación de Entidades Religiosas Evangélicas de España; por Ley 25/1992, de 10 de noviembre, se aprueba el Acuerdo de Cooperación del Estado español con la Federación de Comunidades Israelitasde España; y, finalmente, por Ley 26/1992, de 10 de noviembre, se aprueba el Acuerdo de Cooperación del Estado español con la Comisión Islámica de España(publicadas todas ellas en el BOE del 12 de noviembre).
En dichos Acuerdos, entre otras cosas, se reconoce a las anteriormente citadas confesiones religiosas la capacidad de designar a los profesores que deban impartir la enseñanza religiosa correspondiente.
El 20 de mayo de 1993, el Gobierno español y la Conferencia Episcopal Española suscribieron el primer Convenio, publicado mediante Orden de 9 de septiembre de 1993, sobre el Régimen Económico de las Personas encargadas de la Enseñanza de Religión Católica en Centros Públicos de Educación Primaria que, no siendo personal docente de la Administración, fueran propuestos cada año escolar por el Ordinario del lugar y designados por la autoridad académica, reflejando el compromiso de alcanzar la equiparación económica de estos docentes de religión con los profesores interinos del mismo nivel en un período de cinco ejercicios presupuestarios (1994-1998), además de la adopción por el Gobierno de las medidas oportunas para su inclusión en el régimen Especial de la Seguridad Social de trabajadores por cuenta propia o autónomos, dando cumplimiento a las distintas sentencias del Tribunal Supremo.
Sin embargo, el contenido de este Acuerdo no daba total solución a la cuestión, al percibir dicho personal sus retribuciones con cargo a las subvenciones que, con ese fin, venía recibiendo anualmente la Conferencia Episcopal Española, lo que generaba una cierta indeterminación respecto de la naturaleza laboral de la relación que vinculaba a este colectivo.
La Ley 50/1998, de 30 de diciembre, de Medidas Fiscales Administrativas y del Orden Social para 1999, trató de dar respuesta a la conflictividad subsiguiente, caracterizando dicha relación como laboral, de duración determinada y coincidente con el curso escolar.
En aplicación de esta disposición, y en cumplimiento de las sentencias de aquella época dictadas por diferentes Tribunales de Justicia, el 26 de febrero de 1999 se suscribió un nuevo Convenio entre el Estado y la Conferencia Episcopal Española, publicado por Orden de 9 de abril de 1999, sobre el régimen económico-laboral de este personal, en cuya virtud cada Administración educativa asumía el papel de empleador y venía obligada a darle de alta en el Régimen General de la Seguridad Social al inicio del curso académico 1998-1999, procediendo a contratarlo y retribuirlo a partir de 1 de enero de 1999, por lo que el sistema de pago, vigente desde 1982, mediante subvención a la Conferencia Episcopal Española, dejaba de surtir efectos.
De otra parte, la Directiva comunitaria 1999/70/CE del Consejo, de 28 de junio de 1999, relativa al Acuerdo marco de la CES, la UNICE y el CEEP sobre el trabajo de duración determinada reconociendo el carácter indefinido de la relación laboral que vincula a este profesorado –salvo para los supuestos expresamente tasados en la Ley– y sin perjuicio de la concurrencia de alguna de las causas previstas de extinción del contrato, vino a incidir en el referido régimen laboral y económico de este colectivo docente.
Por último, de especial aplicación al caso, la Directiva 2000/78/CE del Consejo, de 27 de noviembre de 2000, relativa al establecimiento de un marco general para la igualdad de trato en el empleo y la ocupación, contempla en su artículo 4 –en concordancia con la Declaración n.º 11 de la Unión Europea sobre el estatuto de las iglesias y las organizaciones no confesionales– el derecho de los Estados miembros a mantener o establecer requisitos profesionales esenciales y determinantes para las actividades basadas en la religión o en la ética religiosa
La Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación (en adelante LOE), en su Disposición Adicional tercera, apartado 2, establece que «los profesores que, no perteneciendo a los cuerpos de funcionarios docentes, impartan la enseñanza de las religiones en centros públicos lo harán en régimen de contratación laboral, de conformidad con el Estatuto de los Trabajadores, con las respectivas Administraciones competentes» y que «la regulación de su régimen laboral se hará con la participación de los representantes del profesorado».
Lo establecido en la LOE sobre el profesorado de religión pretende articular la efectividad del mandato contenido en el artículo 27.3 de la Constitución Española por el que «los poderes públicos garantizan el derecho que asiste a los padres para que sus hijos reciban la formación religiosa y moral que esté de acuerdo con sus propias convicciones», con los derechos que nuestro ordenamiento atribuye a los trabajadores que realizan esas tareas y a la necesidad de respetar la singularidad de la relación de confianza y buena fe que mantienen con las distintas confesiones religiosas con las que existen relaciones de cooperación.
Se atiene la regulación a la doctrina del Tribunal Constitucional, reiterada a partir de la Sentencia 38/2007, de 15 de febrero, que considera válida la exigencia de la idoneidad eclesiástica como requisito de capacidad para el acceso a los puestos de trabajo de profesor de religión en los centros de enseñanza pública, al propio tiempo que exige que esa declaración de idoneidad, o su revocación, sea respetuosa con los derechos fundamentales del trabajador.
Con la finalidad de dar cumplimiento a lo regulado en la LOE, se dicta el REAL DECRETO 696/2007, en cuyo proceso de elaboración fueron consultadas las Comunidades Autónomas, a través de la Comisión de Personal de la Conferencia Sectorial de Educación, así como los sindicatos más representativos en el sector docente, presentes en la Mesa Sectorial de Educación, habiendo dado su aprobación, tanto aquéllas como éstos, en reuniones celebradas el 14 de noviembre de 2006. Igualmente han sido consultadas las distintas confesiones religiosas, así como otros sindicatos y asociaciones con presencia en este colectivo. En el proyecto de real decreto también emitió informe el Consejo Escolar del Estado. En su virtud, a iniciativa de la Ministra de Educación y Ciencia, a propuesta conjunta de los Ministros de Educación y Ciencia, de Administraciones Públicas, de Justicia y de Trabajo y Asuntos Sociales, de acuerdo con el Consejo de Estado y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 1 de junio de 2007,
REAL DECRETO 696/2007, de 1 de junio, por el que se regula la relación laboral de los profesores de religión prevista en la disposición adicional tercera de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación
D I S P O N G O :
Artículo 1. Objeto y Ámbito de aplicación.
El presente real decreto regula la relación laboral de los profesores de religión que no perteneciendo a los Cuerpos de Funcionarios docentes impartan la enseñanza de las religiones en Centros Públicos prevista en la disposición adicional tercera de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación.
Artículo 2. Disposiciones Legales y Reglamentarias.
La contratación laboral de los profesores de religión se regirá por el Estatuto de los Trabajadores, Texto refundido aprobado por el Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo, por la disposición adicional tercera de la Ley Orgá- nica de Educación, por el presente real decreto y sus normas de desarrollo, por el Acuerdo sobre Enseñanza y 25270 Sábado 9 junio 2007 BOE núm. 138 Asuntos Culturales, de 3 de enero de 1979, suscrito entre el Estado Español y la Santa Sede, así como por los Acuerdos de Cooperación con otras confesiones que tienen un arraigo evidente y notorio en la sociedad española.
Artículo 3. Requisitos exigibles.
1. Para impartir las enseñanzas de religión será necesario reunir los mismos requisitos de titulación exigibles, o equivalentes, en el respectivo nivel educativo, a los funcionarios docentes no universitarios conforme se enumeran en la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, haber sido propuestos por la Autoridad de la Confesión religiosa para impartir dicha enseñanza y haber obtenido la declaración de idoneidad o certificación equivalente de la confesión religiosa objeto de la materia educativa, todo ello con carácter previo a su contratación por la Administración competente.
2. Para ser contratado como profesor de religión, serán necesarios los siguientes requisitos:
a) Ser español o nacional de alguno de los Estados Miembros de la Unión Europea o nacional de algún Estado al que en virtud de los Tratados Internacionales celebrados por la Unión Europea y ratificados por España sea de aplicación la libre circulación de trabajadores, o ser extranjero con residencia legal en España y autorizado a trabajar o en disposición de obtener una autorización de trabajo por cuenta ajena.
b) Tener cumplidos 18 años de edad.
c) No padecer enfermedad ni estar afectado por limitación física o psíquica incompatible con el desempeño de las correspondientes funciones.
d) No haber sido separado, mediante expediente disciplinario, del servicio de cualquier Administración Pública, ni hallarse inhabilitado para el ejercicio de sus funciones. Los aspirantes cuya nacionalidad no sea la española deberán acreditar igualmente no estar sometidos a sanción disciplinaria o condena penal que impida en su Estado de origen el desempeño de sus funciones.
Artículo 4. Duración y modalidad de la contratación.
1. La contratación de los profesores de religión será por tiempo indefinido, salvo en los casos de sustitución del titular de la relación laboral que se realizará de conformidad con el artículo 15.1.c) del Estatuto de los Trabajadores y sin perjuicio de lo dispuesto en las causas de extinción del contrato que figuran en el presente real decreto.
2. La determinación de la modalidad del contrato a tiempo completo o parcial, según lo requieran las necesidades de los centros públicos, corresponderá a las Administraciones educativas competentes, sin perjuicio de las modificaciones que a lo largo de su duración y por razón de la planificación educativa, deban de producirse respecto de la jornada de trabajo y/o Centro reflejados en contrato.
Artículo 5. Forma y contenido del contrato.
1. El contrato se formalizará por escrito con anterioridad al comienzo de la prestación laboral. En todo caso, habrá que formalizar por escrito con anterioridad al comienzo del curso escolar aquellas modificaciones que se produjeran en el contrato precedente de acuerdo con lo que al respecto prevé el artículo 4.2 del presente real decreto.
2. El contenido del contrato, deberá especificar, como mínimo:
a) Identificación de las partes.
b) Objeto.
c) Lugar de trabajo.
d) Retribución.
e) Duración y/o renovación.
f) Jornada de trabajo.
g) Cuantos otros aspectos se consideren esenciales en la legislación laboral.
Artículo 6. Acceso al destino.
Se accederá al destino de conformidad con los criterios objetivos de valoración que se estimen adecuados por la Administración competente. En todo caso deberá valorarse:
a) La experiencia docente como profesor de religión, de manera preferente en centros públicos y en el mismo nivel educativo de la plaza a la que se opta.
b) Las titulaciones académicas, de modo preferente las más afines, por su contenido, a la enseñanza de religión.
c) Los cursos de formación y perfeccionamiento realizados que estén relacionados con la didáctica, la organización escolar o análogos, de modo preferente, los más afines por su contenido a la enseñanza de religión. Se respetará, en todo caso, los principios de igualdad, merito, capacidad y publicidad.
Artículo 7. Extinción del contrato.
El contrato de trabajo se extinguirá:
a) Cuando la Administración competente adopte resolución en tal sentido, previa incoación de expediente disciplinario.
b) Por revocación ajustada a derecho de la acreditación o de la idoneidad para impartir clases de religión por parte de la Confesión religiosa que la otorgó.
c) Por las demás causas de extinción previstas en el Estatuto de los Trabajadores.
d) En el caso de trabajadores extranjeros, por la extinción o la no renovación de la autorización de residencia o de residencia y trabajo, como consecuencia de la concurrencia de alguno de los supuestos para dicha extinción o el incumplimiento de alguno de los requisitos para la renovación establecidos en la normativa de extranjería e inmigración.
Disposición adicional única. Profesores de religión contratados en el curso escolar 2006/2007.
Los profesores de religión no pertenecientes a los cuerpos de funcionarios docentes que a la entrada en vigor del presente real decreto estuviesen contratados pasaran automáticamente a tener una relación laboral por tiempo indefinido en los términos previstos en este real decreto, salvo que concurra alguna de las causas de extinción del contrato prevista en el artículo 7 o que el contrato se hubiere formalizado de conformidad con el artículo 15.1.c) del Estatuto de los Trabajadores, es decir, para sustituir al titular de la relación laboral.
Disposición final primera. Fundamento constitucional.
Este real decreto se dicta al amparo del artículo 149.1.7.ª de la Constitución, que reserva al Estado la competencia en materia de legislación laboral.
Disposición final segunda. Entrada en vigor.
El presente real decreto entrará en vigor el día siguiente de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».
Dado en Madrid, el 1 de junio de 2007.
JUAN CARLOS R.
La Vicepresidenta Primera del Gobierno y Ministra de la Presidencia,
MARÍA TERESA FERNÁNDEZ DE LA VEGA SANZ
Educación ultima un decreto que unificará el tipo de contratos y el modo de incorporación. Crece el número de docentes de la asignatura que se convierte en indefinido no fijo por sentencia

No son funcionarios ni tampoco unos interinos al uso. Su incorporación no se ordena conforme al acuerdo de interinos y su tipo de contrato también es diferente. La situación de los profesores de Religión es, por tanto, atípica. En los últimos años, su comité de empresa ha denunciado recortes considerables de jornada e, incluso, despidos programados por la Administración del Principado sin dar a conocer las razones. El Gobierno asturiano se escuda en la caída de matrícula para justificar esa política. Sea cual sea la razón, lo que subyace es una completa falta de regulación que la Consejería de Educación trata ahora de subsanar a través de un decreto. Esa normativa, pionera, quiere poner freno a otro fenómeno reciente: los docentes que consiguen el reconocimiento de indefinidos no fijos en los tribunales. La propia consejería reconoce la existencia de numerosos recursos en los juzgados de lo social.
El proyecto está abierto a las aportaciones de los interesados. Educación ha habilitado un plazo para que tanto los sindicatos como los docentes o todos aquellos colectivos interesados -la propia Iglesia asturiana que es la que emite los certificados previos imprescindibles para contratar a los profesores- puedan señalar qué necesita este decreto para mejorar la funcionalidad y las condiciones laborales. El propio consejero, Genaro Alonso, ya había anunciado algo en la Junta General. Ahora el proceso está en marcha y podría quedar resuelto antes de que termine la legislatura.
El Gobierno regional reconoce que lo que quiere solucionar es «la falta de regulación de un procedimiento de movilidad del profesorado que imparte las enseñanzas de Religión». Este colectivo está considerado como personal laboral pero no está sometido a su convenio colectivo. Tampoco existe otro paraguas jurídico sectorial de carácter estatal bajo el que puedan ampararse. Así que hasta ahora iban sorteando los obstáculos a medida que se presentaba. Educación admite que es una situación «peculiar», que se ha prolongado y complicado desde la entrada en vigor del real decreto 696/2007, de 1 de junio, que regula la relación laboral de los profesores de religión prevista en la disposición adicional tercera de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación. En esa legislación nacional, publicada en el BOE, se crea un marco muy general, que establece unos requisitos mínimos a cumplir por los profesionales y les otorga una relación contractual por tiempo indefinido, temporales en vacante y de sustitución.
Este simple marco, en apariencia simple, se ha ido enrevesado con los años. Los profesores de Religión han ido recurriendo a los tribunales para conseguir mayor estabilidad. Ese movimiento ha modificado el tablero de juego y ha creado nuevas categorías. Una de ellas es la de laboral indefinido no fijo, que están reconociendo los juzgados de lo social. Muchos de los que han recurrido a los tribunales son los que ocupaban una vacante y veían con incertidumbre el futuro.
«La aprobación de la norma es necesaria para regularizar situaciones del personal laboral que han sido objeto de sentencia o están siendo objeto de recurso en la jurisdicción de lo social». En estos términos explica la Consejería de Educación las razones por las que mete mano a la contratación de los docentes de Religión. Aprovechando la elaboración del decreto, hará algo más que regular la contratación. La administración ordenará la adjudicación de los destinos y la movilidad para cubrir las plazas vacantes de las plantillas en los centros de la escuela pública asturiana.
La batalla en los tribunales
La contratación de docentes no es el único caballo de batalla en Asturias con la asignatura de Religión. Existen muchos otros frentes. Uno de los que más titulares ha acaparado es el recorte horario en diferentes etapas. El Principado implantó la carga horaria mínima recogida en la Ley Wert y el Arzobispado de Oviedo y algunos profesionales lo denunciaron en los juzgados, al considerar que estaba incluso por debajo de lo que establecía la normativa. El Principado ha ido ganando todos estos recursos. El Supremo ya ha avalado el recorte horario tanto en Bachillerato como en Primaria. En el caso de Primaria, el recurso era de ANPE y aunque lo ganó en primera instancia lo perdió en sucesivas instancias.
Otra cosa fueron los recursos individuales de docentes despedidos o de otros con reducción de jornada que han apelado a los tribunales, uno tras otro han ido ganando tanto en primera instancia, en los juzgados de lo social, como en el Tribunal Superior de Justicia de Asturias (TSJA), ya que la administración ha ido recurriendo siempre. Detrás de las victorias están los servicios jurídicos de ANPE, FEUSO-Asturias.
Matrícula
La Iglesia asturiana ha presumido en los últimos años de haber registrado un repunte de alumnos en la asignatura de Religión. Aunque sigue la sangría en Infantil y Primaria, crece la matrícula en Secundaria. El Arzobispado de Oviedo ha achacado ese incremento a la mejora en las condiciones en las que se oferta, desde la implantación de la Ley Wert. Explica que, fundamentalmente, se ha detectado en los centros rurales, donde se impartía a última hora y no se compaginaba con el transporte escolar. Vende también que sus números son mejores que la media nacional. El balance total no es tan positivo. En Infantil y Primaria, donde los porcentajes de alumnos que cursaban Religión eran mayoritarios, se han quedado en apenas el 60%. Y en Secundaria, pese al repunte del último curso, se encuentran en torno al 50%. Esto en los centros públicos, que son los que aglutinan a siete de cada diez alumnos. En los concertados, en cambio, están por encima del 90%. La media se sitúa en el 65%, un punto por encima de la tasa española.
FUENTE: lavozdeasturias.es

Compromís y sus compañeros y camaradas de coalición han dado muestras sobradas, en la Comunidad Valenciana y en el conjunto de España, de no encontrarse demasiado a gusto cuando toca cumplir los pactos y acuerdos internacionales y las normas jurídicas internas o cuando se deben acatar las sentencias judiciales que no son favorables a sus proyectos ideológicos. Esto es especialmente evidente en el ámbito educativo, y más específicamente en su conflictiva relación con la asignatura de religión, y con el hecho religioso tout court, especialmente en lo que respecta a su presencia en la vida y espacios públicos. En esto les siguen numerosos corifeos, tanto en el campo sindical como en el de federaciones de asociaciones de padres de alumnos y otras entidades que quieren una escuela única, pública, laica y en valenciano.
La LOMCE tuvo muchos fallos, además del fundamental que fue apuntalar, con una simple reforma, el complejo LODE-LOGSE-LOE en lugar de crear una nueva y buena ley educativa -en su doble acepción de reguladora del sistema educativo y de educadora de los ciudadanos en el cumplimiento de leyes y normas-. Uno de esos defectos, contra el mantra que reitera el laicismo más dogmático, decimonónico y militante, fue no resolver la cuestión de la clase de religión y abrir la puerta a su recorte horario y a su maltrato académico. A pesar de ello, reconoció que el tratamiento anterior había sido contrario a lo establecido en las normas vigentes y a lo acostumbrado en países de nuestro entorno.
Un pronunciamiento tan reciente y contundente como el de la sentencia del Tribunal Constitucional 31/2018, debería ser suficiente para zanjar, definitivamente, la cuestión de la presencia de la religión en nuestras aulas. En su Fundamento Jurídico 6, la sentencia establece, textual y taxativamente, que «ni la existencia de una asignatura de religión en los niveles de educación primaria y secundaria, ni la implantación de una fórmula de opción entre la asignatura de religión y valores sociales y cívicos/valores éticos son contrarias al texto constitucional». La pertinaz contumacia en negar el pan y la sal -y no solo en sentido figurado- a los profesores de religión, a los alumnos y a las familias que en un elevadísimo porcentaje la eligen reiteradamente, no se basa en argumentos jurídicos ni pedagógicos. Quienes sostienen esas posturas laicistas y anticlericales, caducas y casposas, deberían preguntarse cuáles son sus auténticas razones para mantener esos discursos de odio indisimulado contra la asignatura de religión, y contra la religión católica especialmente.
FCAPA, en octubre del año pasado, ya tuvo ocasión de pronunciarse, una vez más, sobre estas cuestiones ante el anuncio de la Conselleria de facilitar las clases de religión islámica, exigiendo que se mejorara «el trato que reciben la asignatura de religión católica, los profesionales que la imparten y los alumnos y familias que la eligen en uso de su derecho constitucional. Esperamos que esto signifique que la Administración empieza a tomarse en serio la libertad religiosa y que va a trabajar para que todos los alumnos, elijan la asignatura de religión que elijan, vean respetados sus derechos, así como todos los profesionales, suponiendo el final de las trabas (horarios intempestivos), recortes injustificados (de horas lectivas y de número de profesores) y limitaciones (laborales y organizativas) que se imponen en la actualidad». Esto no ha sido así, y mucho nos tememos que la llegada de clases de otras religiones -si no consiguen frenarlas con su moción en el Senado- no pueda saludarse con un «bienvenidos a la libertad» sino con un «os adentráis en el mundo de la discriminación y el bloqueo».
La obsesión por acabar con la asignatura de religión, con las asignaturas de religión, es una muestra más de sus contradicciones permanentes, pues proponen simultáneamente la eliminación de la asignatura y su ampliación a otras confesiones, y pone a estos colectivos al margen de lo que establece la Declaración Universal de los Derechos Humanos en su artículo 18: «Toda persona tiene derecho a la libertad de pensamiento, de conciencia y de religión; este derecho incluye la libertad de cambiar de religión o de creencia, así como la libertad de manifestar su religión o su creencia, individual o colectivamente, tanto en público como en privado, por la enseñanza, la práctica, el culto y la observancia», en relación con el 26.3 de la misma Declaración: «los padres tienen derecho preferente a escoger el tipo de educación que habrá de darse a sus hijos». De esto se hace eco el 27.3 de nuestra Constitución: «los poderes públicos garantizan el derecho que asiste a los padres para que sus hijos reciban la formación religiosa y moral que esté de acuerdo con sus propias convicciones», que concuerda plenamente con la Carta de Derechos Fundamentales de la Unión Europea, en el artículo 14.3: «se respetan, de acuerdo con las leyes nacionales que regulen su ejercicio, la libertad de creación de centros docentes dentro del respeto a los principios democráticos, así como el derecho de los padres a garantizar la educación y la enseñanza de sus hijos conforme a sus convicciones religiosas, filosóficas y pedagógicas».
Poca inteligencia política demuestran quienes ponen al descubierto de forma tan grosera sus contradicciones, revelando sus verdaderas intenciones, y la dificultad que tienen para comprender lo que, de forma reiterada, establecen multitud de normas y pactos internacionales y sentencias y autos de tribunales de diverso rango.
Fuente: lasprovincias.es
Artículo de Opinión
La Religión tendría que ser la asignatura central de cualquier colegio, porque a través del conocimiento y del estudio de nuestra trascendencia llegamos a comprender todo lo demás. La obsesión laicista no tiene que ver con la libertad o la neutralidad, sino con el afán de sus apologetas por sustituir a Dios con una ética de bisutería que esclavice al Hombre en su mortalidad, le seque la esperanza y le vuelva manipulable y prescindible, un juguetito en manos de la ingeniería social. No es que ateos y laicos no crean en Dios; es que se excitan pensando que pueden jugar a ser el Creador.
Han sido múltiples y patéticos sus intentos de suplantación. ¿Qué es la Declaración de los Derechos Humanos sino la versión top manta de los Diez Mandamientos? Llevamos tanto tiempo viviendo de espaldas a la Cruz que nos hemos acabado conformando con cualquier simulacro.
Es fundamental que nuestros hijos entiendan la victoria de la Navidad, que buceen en los confines de su sentimiento de culpa y que aprendan a vivir sabiendo que todos los sentimientos están resumidos en el Calvario. Es lo que más nos define, en lo que mejor nos reconocemos. Las asignaturas específicas vendrán luego pero en cualquier caso, como la música de Bach, dependerá de su talento. El arte sagrado, en todas sus disciplinas, es el más valioso y emocionante.
La Religión tendría que ser la asignatura central de todos los colegios y que nuestros hijos crecieran de dentro para fuera, encontrando primero su sentido y luego su utilidad. Así, las vocaciones profesionales serían un compromiso con su misión vital y no este ir a la universidad, tan de nuestra época, para hacer ver que estudias cualquier cosa con el único objetivo de continuar viviendo de tus papás.
Todas las materias son importantes, pero saber a qué hemos venido al mundo todavía lo es más. Conozco a padres que creen que la educación sexual de su hija consiste en regalarle una caja de preservativos cuando tiene el primer novio más o menos formal. Picadillo del Señor, carne sobre carne amontonada por tu propio padre. Jesús te quiere más de lo que crees, pero es muy triste que necesitemos degradarnos tanto para comprender que, sin la tensión espiritual que nos completa, en nada nos diferenciamos de las bestias.
La Religión tendría que ser el cauce central de la formación de nuestros hijos. Es insufrible la relación tan chabacana que los niños tienen con su misterio y lo fácil que es jugar con sus sentimientos. Es dramático el poco respeto que tienen por sus padres, por sus maestros, por su propio cuerpo. Sin temor de Dios esto se ha ido volviendo un vertedero. Sin la intuición de lo sagrado, lo mismo da un after que una catedral.
Tal como el divorcio no es un derecho, sino un fracaso, y el aborto no es una libertad, sino una tragedia, un niño que crece diciendo que no cree en nada no es una opinión sino la metáfora del desgarro de la Humanidad.
Salvador SostresArticulista de OpiniónFuente: abc.es
Proyecto de Orden por la que se desarrolla el currículo correspondiente a la Educación Primaria en la Comunidad Autónoma de Andalucía.
Proyecto de Orden por la que se desarrolla el currículo correspondiente a la Educación Secundaria Obligatoria en la Comunidad Autónoma de Andalucía, se regulan determinados aspectos de la atención a la diversidad y se establece la ordenación de la evaluación del proceso de aprendizaje del alumnado.

El Alto Tribunal desestima los recursos presentados por los gobiernos autonómicos de Andalucía y Canarias contra varios preceptos de la Ley Orgánica de la Calidad Educativa (LOMCE), aprobada por el Gobierno del PP en 2013, como el referido a los conciertos a los centros de educación diferenciada, el tratamiento que hace de la asignatura de Religión con su equiparación a la materia de Valores Cívicos o la implantación de las 'reválidas' de ESO y Bachillerato.
Estas dos resoluciones judiciales reproducen los argumentos dados por este mismo tribunal para desestimar al recurso de inconstitucionalidad presentado por el Grupo Socialista, cuya sentencia se publicó el pasado mes de abril.
Sobre la regulación de los conciertos a los centros de educación diferenciada que establece la LOMCE, el Constitucional insiste en que responden a "una opción pedagógica que no puede conceptuarse como discriminatoria".
Se remite a las sentencias anteriores para justificar la desestimación del recurso, que se sustentan en tratados internacionales, como la Convención de la UNESCO de 1960 contra la discriminación en la educación o la Convención de las Naciones Unidas sobre la eliminación de la discriminación hacia la mujer.
En el fallo anterior, el TC apuntaba que cualquier niño o niña, "al margen del método pedagógico que elijan sus padres", tiene garantizado el puesto escolar en España. También que la "programación de las enseñanzas" no cambia "en función de si el centro es mixto, femenino o masculino", por lo que en el caso de producirse sería responsabilidad del centro escolar y no del "modelo" de educación que separa por sexos.
El Alto tribunal insistía en que la "gratuidad garantizada constitucionalmente no puede referirse exclusivamente a la escuela pública" ni negarse a los centros privados porque "implicaría la obligatoriedad de tal enseñanza pública" y "cercenaría de raíz, no solo el derecho de los padres a elegir centro docente, sino también el derecho de creación de centros docentes".
En cuanto a la asignatura de Religión, el TC señala que la regulación establecida por la LOMCE, que determina que esta materia es de carácter voluntario, "no implica vulneración constitucional alguna". Igualmente, se remite a las sentencias anteriores contra los mismos preceptos de la LOMCE para defender la constitucionalidad de esta materia.
Al igual que con el recurso del Grupo Parlamentario Socialista, que cuestionaba su equiparación en la LOMCE con la asignatura de Valores Sociales y Cívicos, el TC insiste en que Religión no es "excluyente" para la formación del alumnado.
En anteriores fallos defiende que esta asignatura no vulnera el principio de neutralidad religiosa del Estado porque no implica "valoración alguna de las doctrinas religiosas" y garantiza el "derecho de los padres a que sus hijos reciban formación religiosa y moral de acuerdo con sus convicciones".
Del mismo modo, el TC apuntaba que cursar Religión no provoca discriminación porque la LOMCE opta por un "modelo transversal" en el que la educación cívica y constitucional está presente en todas las asignaturas de Primaria y Secundaria, asegurando así la formación de todos los alumnos, también los de Religión, "en los valores que constituyen el fundamento de una sociedad democrática".
VOTOS PARTICULARES
Como en sentencias anteriores de desestimación de los recursos de inconstitucionalidad de la LOMCE, el magistrado Fernando Valdés Dal-Ré reproduce los argumentos esgrimidos en los fallos anteriores sobre el mismo tema y señala que "la educación segregada por sexo vulnera de manera frontal" el artículo 27.2 de la Constitución, que proclama que "la educación tendrá por objeto el pleno desarrollo de la personalidad humana en el respeto a los principios democráticos de convivencia y a los derechos y libertades fundamentales".
Del mismo modo, el magistrado Juan Antonio Xiol Ríos se remite en su voto particular al que realizó en la sentencia de abril, donde señalaba que "la segregación sexual binaria en los centros docentes privados vulnera la prohibición constitucional de la discriminación por razón de sexo e identidad sexual" y carece de justificación por "basarse en el tópico de la diferencia de talento y capacidades entre los sexos".
Por último, la magistrada María Luisa Balaguer Callejón solo firma su voto particular en la sentencia sobre el recurso del Gobierno canario porque se abstiene en el fallo de la demanda de la Junta de Andalucía al haber participado en la misma. Así, defiende en el fallo que desestima el recurso canario que la educación diferenciada "no tiene cabida en el marco de la Constitución de 1978" y que no existen estudios que demuestren que este modelo "mejora el rendimiento académico en términos generales".
Fuente: EuropaPress
La idea es que los niños aprendan sobre su propia religión y sobre otras con naturalidad y desde la más tierna edad. Ese es el objetivo declarado de la guardería «Hijos de Abraham», que será inaugurada en agosto en Gifhorn, Alemania.

En el día de la inauguración contará ya con 15 niños de entre uno y cinco años de edad y cuyas familias profesas las religiones cristianas e islámica. La guardería está abierta también a admitir hijos de familias aconfesionales y judías, aunque en la ciudad de Gifhorn, con alrededor de 40.000 habitantes, no hay una comunidad judía que haya podido respaldar el proyecto.
La idea de crear la guardería interreligiosa fue de la mezquita musulmana Ditib, que, ante las dificultades para sacar adelante el proyecto en solitario, terminó solicitando la ayuda de la comunidad cristiana, siguiendo el ejemplo de una escuela judío-cristiana-islámica que funciona desde hace años en la cercana ciudad de Osnabrück.
El éxito de ese proyecto animó a dos parroquias cercanas, una católica y otra protestantes, a llevar ese mismo modelo por primera vez a la educación preescolar.
Pioneros en su campo
Los educadores serán quienes decidan dependiendo de las rutinas diarias del centro si los menores rezan juntos o acuden en conjunto a servicios religiosos. A los niños también se les explicará por qué unos celebran la Navidad y la Pascua y otros el Ramadán.
Además, la comida que se sirva debe contar con el certificado halal, aquel que hace referencia a los alimentos permitidos por el islam. «Queremos lograr un ambiente de respeto, en el que los niños de diferentes creencias puedan conocerse mutuamente y aprender unos de otros», explica Linda Minkus, la directora del centro.
«Nos apoyamos en la buena experiencia hasta ahora con el colegio interreligioso de Osnabrück, que está sirviendo para desterrar odio entre religiones, odio que viene del desconocimiento», señala desde el Obispado Kai Mennigmann , subrayando la necesidad de evitar que las religiones sean utilizadas como arma arrojadiza o como excusa para enfrentamientos políticos o sociales.
Convivencia y toleracia
«El hecho de tender lazos, de acercamiento a personas de otras creencias no tiene nada que ver con desmerecer la propia religión», defiende el responsable de pastoral Martin Wrasmann. «Estamos encantados de haber obtenido plaza en esta guardería y nos parece muy atractiva esa experiencia de convivencia y tolerancia, valores que los niños podrán aprender desde el principio», dice a medios locales la madre de uno de los pequeños, «sinceramente, me preocupa bastante más la influencia que puede tener sobre nuestra hija una educación laica, ajena a la experiencia de Dios, como se vive en la mayor parte de los colegios en este país, que la influencia que pueda tener para ella convivir con niños y familias que profesan otras religiones».
La directora Minkus insiste en que el proyecto educativo exige que en ninguna ocasión se jerarquicen las religiones y explica que habrá educadores de cada fe para apoyar el desarrollo religioso de todos los niños, independientemente de cual sea la religión de la familia, y confía en que en el día de mañana, gracias a haber conocido a esas personas de otras religiones, les infunda respeto y sean más difícilmente manipulables cuando les presenten a otros seres humanos como enemigos por el mero hecho de profesar otra religión.
La guardería, por lo demás, formará parte del sistema de guarderías alemanas y contará con las habituales subvenciones, dependiendo del nivel adquisitivo y los ingresos de cada familia.
Fuente: abc.es

Dejando al margen la polémica sobre si la clase de religión debe formar parte del currículo educativo en la escuela, y, respetando todas las opiniones contrarias como también desearíamos que se respetaran democráticamente las favorables, quisiéramos manifestar en este artículo nuestra indignación ante ciertas críticas desfavorables, no porque sean desfavorables a la clase de religión sino porque son descalificadoras de personas, profesores de religión en este caso, que tienen los mismos títulos universitarios como los demás, son tan pedagogos, tan profesionales, tan demócratas, tan progresistas, tan plurales, tan defensores de la libertad, tan respetuosos de las leyes y, sobre todo, de cada alumno: niños y niñas sin distinción para favorecerles la consecución de los objetivos educativos que son obligatorios para toda la comunidad docente sea cual sea su afinidad ideológica.
Existe en los centros escolares el profesorado de religión porque la mayoría de ciudadanos tienen sus creencias religiosas y la constitución españolas, como todas las europeas, les garantizan sus derechos para que libremente decidan incluir el conocimiento de la cultura y los valores religiosos en su formación académica. Así ya en España está regulada desde los primeros años de la democracia para católicos, evangélicos, musulmanes y judíos.
El profesorado de estas religiones no es un funcionario, como lo debe ser para las otras asignaturas, dado que debe respetarse la aconfesionalidad del estado. Sin embargo debe ser obligatoriamente un profesional universitario de la enseñanza propuesto por cada entidad religiosa. Así se garantiza, por una parte: el derecho de los ciudadanos a la pluralidad religiosa, y por otra: que el estado no se define por una religión propia para regular la vida de los ciudadanos, pero favorece su desarrollo según la normas democráticas y los acuerdos con cada confesión religiosa para servir a los ciudadanos.
Por eso el profesorado de religión es un contratado laboral y no tiene plaza fija porque no es un funcionario del estado pero sí favorece y cumple las leyes que garantizan los derechos de los ciudadanos. Los estados democráticos no tienen ninguna religión oficial como propia, pero los ciudadanos sí son religiosos y tienen derechos constitucionales para que se desarrollen tanto privada como públicamente Estas son reglas democráticas tan elementales como lo son todas las demás que defienden otros derechos.
Ante la polémica actual de que si el profesorado de religión en los centros escolares puedan o no ejercer como tutores, serán las leyes jurídicas laborales quien así lo promulguen. Actualmente este profesorado está considerado con la categoría de contratado laboral como cualquier profesional interino, con los mismos derechos y deberes que tiene este profesorado de otras asignaturas. Por tanto, si surge el caso, el profesorado de religión puede realizar funciones de tutorías con las mismas responsabilidades, garantía y solvencia pedagógica que el resto del profesorado. Otra cosa es quitar horas de carga docente de religión y completarlas con horas de tutoría. Eso sí que es discutible.
Sin embargo, hay quién se alarma, como recientemente publicó el periódico Extremadura el jueves 19 de julio, escrito por Raúl Fernández del sindicato PIDE, que ve en el profesorado de religión al causante de todos los males pedagógicos, y, como si el excluirlo del entorno escolar fuese el remedio a los retrasos sociales. Así lo expresa al preguntarse textualmente “¿qué ocurriría cuando un docente religioso tenga que atender a tutorías a un niño que sufre bullyng por ser afeminado o a una niña trans, o a una adolescente embarazada…?”
Sigue el autor del artículo preguntándose: ¿Qué información dará sobre planificación familiar, anticonceptivos, qué mediación hará entre el tutor con la familia, cómo comprenderá a quien es diferente, cómo atenderá y comprenderá el sufrimiento del que sufre porque es diferente?
Según dicho escrito, la ayuda no podrá venir del profesorado de religión, más bien todo lo contrario, pues así lo manifiesta cuando escribe que “la Religión condena al ostracismo”… porque “el profesorado de religión está en contra de estas realidades diferentes y minoritarias”.
Y, ante tanto daño, termina diciendo: “¿quién velará para defender al alumnado más desfavorecido por su condición de género, de identidad o de orientación sexual?”.
No vamos a entrar en juicios de valor, pero sí queremos defender de estas tremendas acusaciones al colectivo de profesores de religión, sean tutores o no tutores. Primero: no se obliga a nadie a elegir religión ni a los que se apuntan a clase a practicarla. Las clases de las religiones (católica, evangélica, judía, musulmana) en la escuela están abiertas a creyentes y no creyentes pues se oferta como asignatura académica para que el alumnado recoja datos para interpretar la cultura de su entorno, para adquirir herramientas que ofrecen diferentes sentidos de la vida ante temas existenciales, para dar respuesta a grandes interrogantes que necesitan pluralidad de puntos de vista para ser entendidos; incluso se oferta para aprender a ser críticos cuando las personas utilizan las religiones para otros fines no humanizadores.
Estamos convencido de que el profesorado de religión está capacitado para ejercer la responsabilidad de tutor en igualdad de condiciones a cualquier otro profesional de la docencia. Excluirlo de esta función educativa por el hecho de impartir una materia religiosa o por no ser funcionario del estado, me parece discriminarlo como “apestado” y excluirlo por consideraciones totalitarias que están más en la mente de los que apartan y segregan a los demás ciudadanos, por ignorancia jurídica o por los “típicos tópicos” de siempre hacia todo lo que supone la religión.
Desde la religión católica podemos asegurar que estamos formados para dar dignidad a todas las personas por encima de todo, sin mirar sexo, ni raza, ni situaciones vitales, ni condicionantes, ni si es creyente o no lo es, o si practica el culto o está en contra de todo, sin prejuicios, y totalmente gratis.
Hay datos de sobra, personas e identidades religiosas que ante la diversidad de situaciones de varones, mujeres, drogadictos, enfermos, inmigrantes, refugiados, trans, abortistas, separados, ancianos, vagabundos, transeúntes, familias desestructuradas, paro, desarraigo… intentamos dar las ayudas y orientaciones que están a nuestro alcance, sin esconder nada, sin forzar a nada, sin condicionantes de nada… se trata de respetar a cada persona y ofrecerle la pluralidad de opciones para que libremente decida su vida como quiera, con la moral que quiera, con las ideas que quiera. Y si eso lo hacemos en el día a día hasta en las parroquias y centros de identidad religiosa, ¿cómo no vamos a mantener los mismos criterios de respeto y dignidad a niños y niñas que están forjando su vida para que sean ciudadanos más responsables y más libres en su decisiones de cada día?
En la clase de religión no se aprueba o se suspende por las vivencias de la fe sino por los conocimientos culturales. Su objetivo no es evaluar las actividades para ser creyentes o cómo viven con su código moral religioso. Todo eso trasciende la clase lo mismo que en la asignatura de música a nadie se le pide si va al conservatorio, o en educación física si ha ganado algún campeonato. Cada cual decidirá libremente la vivencia de la religión o de la música o el deporte profesional porque lo ha conocido donde sea, o porque le ayuda a ser feliz y a construir un mundo de personas que promueven y respetan la dignidad de cada persona.
Es verdad que en el campo religioso hay errores, como en todos los gremios, pero son más los aciertos y los logros sociales, incluida la defensa de los derechos de la infancia en el mundo subdesarrollado, provenientes del contexto religioso pero eso no es noticiable.
Volviendo al asunto de las tutorías, Señor Raúl Fernández del sindicato PIDE, estamos totalmente de acuerdo con usted como dice en su escrito en que “las tutorías son un pilar fundamental para la educación de la convivencia democrática en la escuela y en la sociedad”… y “no meros instrumentos al servicio de intereses espurios que nada tienen que ver con el desarrollo pleno de la personalidad de nuestro alumnado”.
No dudo de que usted sea un magnífico docente y tutor, pero permítame que le diga que el profesorado de religión, si llegara el caso, también está capacitado para desarrollarla con la misma profesionalidad que usted y en total libertad, para que el alumnado, conociendo todas las opciones, aprenda a tomar las decisiones correspondientes para su bien y para el bien común. Esto será posible si crecemos en pluralidad democrática, es decir sin adoctrinamientos de ningún tipo, y para eso, son necesarias las tutorías educativas en libertad, para toda la comunidad docente.
Antonio Pariente Gutiérrez y Tino Escribano Ruiz
Delegación Episcopal de Enseñanza de Coria-Cáceres
Fuente: digitalextremadura.com
La Junta de Extremadura ha aprobado este martes nuevo currículo de Educación Secundaria Obligatoria (ESO) y Bachillerato «incluyendo lo que decía la sentencia del Tribunal Supremo en lo relativo a las horas de Religión». Por un lado, el alto tribunal obligaba a la Junta a ofertar esta asignatura en Segundo de Bachillerato y, por otro, avalaba que Educación establezca la carga lectiva.
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La portavoz de la Junta de Extremadura, Isabel Gil Rosiña, ha informado sobre la aprobación, por parte del Consejo de Gobierno de la modificación del decreto 98/2016, de 5 de julio, por el que se establecen la ordenación y el currículo educativo.
Con la modificación se cumple lo ordenado por el Tribunal Supremo en las sentencias nº 458/2018, de 20 de marzo de 2018, y nº 472/2018, de 21 de marzo de 2018, sobre la oferta de la Religión en el sistema educativo y la determinación de su carga lectiva por parte de la Administración autonómica.
En su intervención, Gil Rosiña ha destacado que el «diálogo permanente con las diócesis y los profesores de Religión» ha posibilitado aprobar este decreto por parte de la Junta de Extremadura y por tanto «funcionar velando siempre por el interés general».
Fuente: HOY.es
Archivo
COORDINADORA ESTATAL DE PLATAFORMAS DE RELIGIÓN
ANDALUCÍA-ASTURIAS-CASTILLA Y LEÓN-COMUNIDAD VALENCIANA-EXTREMADURA-MADRID-NAVARRA-PAÍS VASCO
NOTA DE PRENSA: PEDRO SÁNCHEZ, Y SUS REFERENCIAS A LA ASIGNATURA DE RELIGIÓN
Tras la comparecencia parlamentaria en el día de hoy, del Presidente del Gobierno, y sus referencias a la asignatura de religión, en las que indica que no debe tener valor académico, y las recientes declaraciones de la Ministra de Educación sobre el mismo tema, la Coordinadora Estatal de Plataformas de Religión, quiere expresar lo siguiente:
1.- Lamentamos profundamente que el actual Gobierno presidido por Pedro Sánchez, retroceda en el tiempo y vuelva a generar inquietud en miles de familias y profesionales, al destacar como uno de sus objetivos en el ámbito educativo, el modificar el actual estatus de la asignatura de Religión.
2.- Sorprende más si cabe esa decisión, cuando todos conocemos la reciente sentencia del Tribunal Constitucional, que avalaba tanto su carácter evaluable como la actual configuración de la asignatura.
3.- Recordamos que la presencia de la asignatura de Religión en Europa está totalmente normalizada, y contribuye, junto con el resto de asignaturas, a los niveles de excelencia educativa que se dan en esos países.
4.- Apelamos a los responsables gubernamentales a profundizar en los verdaderos retos que nos plantea el actual sistema educativo, y a no utilizar una vez más y sólo por motivos ideológicos, a la asignatura de religión y a sus profesionales.
5.- Instamos a las familias, a los sindicatos con representación en el profesorado de religión y a los partidos políticos sensibles a la demanda de las familias y a los derechos laborales de los profesionales que imparten la asignatura de religión, a no ceder ante esta nueva imposición ideológica, alejada de la normalidad en la que se vive en el día a día de los centros.
Madrid 17 de julio de 2018
- La Plataforma Religión en la Escuela ha cargado este sábado contra la ministra de Educación, Isabel Celáa, a la que ha acusado de realizar un planteamiento basado en sus ideas partidistas, sin ofrecer en ningún momento argumentos pedagógicos y pretendiendo "imponer su ideología".
La Plataforma Religión en la Escuela ha cargado este sábado contra la ministra de Educación, Isabel Celáa, a la que ha acusado de realizar un planteamiento basado en sus ideas partidistas, sin ofrecer en ningún momento argumentos pedagógicos y pretendiendo "imponer su ideología".
La Plataforma ha indicado que la propuesta de la ministra "vulnera la libertad de los padres de elegir la educación moral y religiosa que consideran adecuada para sus hijos conculcando de este modo el artículo 27.3 de la Constitución Española".
En este sentido recuerdan que el Estado debe garantizar este derecho constitucional. "La asignatura de religión no es obligatoria para todos, no se impone, sino que es de libre elección. La puede elegir quien así lo considere de acuerdo a sus convicciones morales y religiosas", indica el colectivo.
Además consideran que es un planteamiento que va en contra de la realidad en Europa. Así destacan que en los países europeos se estudia religión (Finlandia, Alemania o Italia), incluso en alguno de ellos es de carácter obligatorio, ya que consideran esta asignatura fundamental para el desarrollo integral del alumnado.
"Se quiera o no, se crea o no, no hay que olvidar que las raíces europeas son religiosas y, concretamente, cristianas. Basta con mirar las obras de arte de nuestros museos, o el arte arquitectónico y escultórico de nuestras ciudades para darnos cuenta de ello.Ignorar la religión es ignorar nuestras raíces", concluye la Plataforma.
Fuente: lavanguardia.com

El Comité Ejecutivo de la Conferencia Episcopal Española, reunido en sesión ordinaria, quiere hacer pública su postura sobre algunas cuestiones importantes de la actualidad.
1.- En relación a las declaraciones de la ministra de Educación Sra. Celaá sobre la consideración de la educación concertada y la clase de religión, que nos han preocupado profundamente, creemos necesario recordar los derechos a la libertad religiosa y a la educación. Son derechos inalienables de la persona humana, reflejados en nuestra constitución (arts. 16 y 27) y en los tratados internacionales a los que España se ha adherido.
Los padres tienen el derecho a elegir el modelo educativo que desean para sus hijos. El sistema educativo, que engloba la educación pública, concertada y privada, es un sistema consolidado en nuestro ordenamiento, que respeta la libertad de elección de los padres.
La asignatura de religión debe tener una consideración adecuada en el sistema educativo. Es necesaria para una formación integral de la persona, según la libre decisión de los padres, y no puede ser sustituida por una ética del estado impuesta por los poderes públicos.
2.- Por otro lado, consideramos importante y necesario en estos momentos, reivindicar el papel de la Transición española que se plasmó en la Constitución de 1978, con el consenso de todas las formaciones políticas y sociales. Deseamos que el espíritu de la Constitución no sea ahora despreciado, minusvalorado o transformado por iniciativas que dificulten la necesaria concordia que exige la cohesión social.
3.- Al mismo tiempo, queremos hacer pública nuestra comunión y solidaridad con los obispos nicaragüenses, violentados por defender los derechos legítimos de los ciudadanos de esta nación hermana. Deseamos que el respeto a la dignidad de las personas y el diálogo entre las partes enfrentadas sean el camino para la necesaria pacificación de la sociedad.
Fuente: CEE
El secretario general de Escuelas Católicas ha comentado su postura ante los nuevos anuncios que afectan a la educación concertada y a la asignatura de religión.

El secretario general de Escuelas Católicas, Jose María Alvira, ha afirmado que la enseñanza concertada "supone la posibilidad de que las familias elijan el tipo de educación que quieran". Alvira ha recalcado que cada centro tiene su proyecto educativo, y "eso es lo fundamental de la educación concertada", la cual remarca que es una educación "de calidad". También ha declarado que la propuesta de eliminar el derecho de la escuela concertada a ampliar el número de alumnos, en función de la demanda social, "tiene la clara intención de reducir la presencia de escuelas concertadas e imponer las públicas". Alvira ha recordado que cada familia puede elegir si quiere enseñanza pública o concertada, y, si es concertada, el proyecto educativo. Y ha querido acordarse de la intervención de la representante socialista, en le que declaraba que la demanda social había que tenerla en cuenta en otros aspectos, y ha lamentado que "no parece que en este haya que tenerla en cuenta".
Otras de las medidas del gobierno es hacer que la religión sea no computable. Sobre esta decisión, Alvira ha afirmado que es "fundamental que cuente como una más", en su opinión, "debe ser evaluable para que sea seria". Aunque ha reconocido que quizás no es fundamental que cuente para la obtención de becas. Para Alvira, para defender la presencia de la religión en las escuelas hay que tener en cuenta el "valor académico que tiene". También ha querido dejar claro que la asignatura de religión "no trata de convertir o de hacer catequesis", sino que intenta "ahondar en las preguntas fundamentales de las personas y las respuestas de las religiones". Ha remarcado la importancia de la religión para conocer la cultura propia, ya que, en su opinión, "sin conocimiento de la religión es muy dificil conocer la realidad social y cultural en la que estamos viviendo".
Alvira ha querido recordar que existe la opción de centrar la asignatura en cualquier otra religión, ya que "son las familias las que pueden elegir el tipo de educación que quieren", y, si eligen la educación confesional, "pueden elegir el tipo que quieran". En el caso de la religión musulmana, ha advertido que cuando se estudia esta religión hay que hacerlo "respetando los derechos humanos y la constitución". También ha querido dejar claro que, para "hacer ver la importancia del hecho religioso y todo lo que ha aportado a nuestra cultura", hay que estudiar a fondo una religión, "la que los padres quieran", y no se puede hacer un "destilado común" de la historia de las religiones, ya que "no se profundiza".
Para terminar, ha querido dejar claro que ellos no se oponen a la escuela pública, sino que quieren una "educación pública que sea buena para el país". Ya que "es imposible que la educación concertada sea única".
Fuente: cope.es
Isabel Celaá se ha estrenado en el Congreso como ministra de Educación y Formación Profesional con un anuncio: la asignatura de Religión dejará de ser computable

Isabel Celaá se ha estrenado en el Congreso como ministra de Educación y Formación Profesional con un anuncio: la asignatura de Religión dejará de ser computable y no tendrá una alternativa. Así, el Gobierno de Pedro Sánchez afronta el que había sido hasta el momento el principal caballo de batalla de la oposición al Ejecutivo del PP y ataca la conocida como ley Wert,de la que pretende derogar de manera urgente varios artículos para, entre otras cosas, incluir la creación de una nueva asignatura obligatoria de Valores Cívicos y Éticos.
El plan del nuevo Ejecutivo es sacar adelante esta reforma de la ley de manera rápida, para que los cambios puedan entrar en vigor durante el curso 2019-2020, algo que de suceder supondría el primer cambio sobre la Lomce, que apenas cuenta con cinco años de antiguedad. De hecho, la ley aprobada por el Gobierno de Rajoy en 2013 sustituyó a la implantada por José Luis Rodríguez Zapatero siete años antes, en 2006, bautizada como Ley Orgánica de Educación (LOE).
En España, los cambios en las normativas educativas han sido constantes y en varias ocasiones los agentes del sector han solicitado a los gobernantes un pacto de Estado que evite que la educación se convierta en un arma electoral y que se reduzcan el número de cambios que experimenta esta ley cada poco tiempo. De hecho, hace pocos meses el PP impidió que se llegase a un acuerdo en este sentido, al negarse a dotar de más fondos la educación, pero aunque el Gobierno ya está en sus manos, por el momento no se reanimará la negociación para llegar a un pacto educativo.
Asignatura veleta desde 1970
Una de las medidas más llamativas del nuevo Gobierno en materia educativa será quitar el valor computable a la asignatura y eliminar su alternativa. Esto significará que dejará de contar para elaborar la nota media de los alumnos así como de tenerse en cuenta a la hora de solicitar u otorgar becas, y que los alumnos que no escojan estudiar esta materia en los colegios e institutos no tendrán que cursar otra para compensar las horas escolares.
Niños suben las escaleras de un colegio. (EFE)
De materializarse, sería la primera vez que el Gobierno suprime la asignatura alternativa a Religión, una herencia de la Transición, tipificada en la ley de 1970, que no fue modificada con la Ley Orgánica de Ordenación General del Sistema Educativo de España (Logse) de 1990, que sí reconocía el carácter voluntario de la materia de Religión (aunque de oferta obligada por los centros) pero no la eximía de alternativa educativa, un papel que hasta el momento había jugado la asignatura de Ética.
No fue hasta 1994 cuando el Gobierno de Felipe González reguló la asignatura alternativa que debía ofrecerse en los colegios, ya que desde la aprobación de la nueva normativa y hasta el momento, la mayoría de centros habían optado por clases de refuerzo. González estableció mediante el Real Decreto 2438/1994 que aquellos alumnos que no optasen por enseñanzas religiosas debían participar en las actividades de estudio alternativas que el centro organzase de manera simultánea a las clases de Religión.
Este real decreto estableció que los contenidos de la materia no podían versar sobre el currículo de los distintos niveles educativos y que en ella debía impartirse conocimiento que facilitase la apreciación de determinados aspectos de la vida social y cultural a través del análisis y comentario de diferentes manifestaciones literarias, plásticas y musicales.
Aznar intentó crear una asignatura 'dura' como alternativa a Religión llamada Hecho Religioso
Además, el texto epecificó también que aunque en la enseñanza obligatoria la nota de Religión sí computaría para elaborar la calificación media del alumno, en las enseñanzas de Bachillerato las calificaciones de Religión no lo harían, evitando así que hubiese discriminación entre los alumnos que cursaban esta asignatura y los que no, para quienes la alternativa no computaba.
En 2002, con José María Aznar como presidente, el Ejecutivo intentó un nuevo cambio sobre la asignatura alternativa a Religión, planteando fortalecer el contenido de la materia convirtiéndola en una asignatura llamada Hecho Religioso, que según la por entonces ministra de Educación, Pilar del Castillo, computaría para repetir curso y para hacer la media para acceder a la universidad. Pero su plan no fructificó, ya que José Luis Rodríguez Zapatero llegó al Gobierno antes de que entrase en vigor esta ley.
Educación para la Ciudadanía
El presidente socialista José Luis Rodríguez Zapatero aprobó, no sin polémica, una nueva ley de educación en 2006: la Ley Orgánica de Educación, también conocida como LOE, que no hacía cambios en Religión y en su alternativapero establecía la creación de una nueva asignatura llamada Educación para la Ciudadanía y los Derechos Humanos. La nueva materia se implantó para cursarse en uno de los cursos del tercer ciclo de la Educación Primaria y en uno de los tres primeros cursos de Educación Secundaria, y según lo establecido en la ley, debía prestar especial atención a la igualdad entre hombres y mujeres.
El presidente José Luis Rodríguez Zapatero. (EFE)
Esta asignatura fue revocada por la siguente ley de educación española, la Ley Orgánica para la Mejora de la Calidad Educativa (Lomce), también conocida como ley Wert, en referencia a José Ignacio Wert, el ministro del Gobierno de Mariano Rajoy que se encargó de sacarla adelante. En 2013, con la aprobación de la nueva legislación, desapareció Educación para la Ciudadanía y se estableció como alternativa a Religión la signatura Valores Sociales y Cívicos para Educación Primaria y Valores Éticos en Secundaria.
La ley Wert estableció también que Religión volviera a ser una asignatura computable, es decir, a tener el mismo valor sobre la nota final del alumno que asignaturas troncales como Matemáticas o Lengua.
El último cambio fue en 2015
El último cambio llegó en 2015, cuando el Ejecutivo de Mariano Rajoy aprobó un nuevo currículo para la asignatura de Religión en los colegios desarrollado por la Comisión Episcopal de Enseñanzas y Catequesis y no por el Gobierno, como ya se venía haciendo en las últimas reformas educativas.
En esta reforma se incluyeron en el currículo de la asignatura los rezos. En concreto, en el primer curso de Primaria, donde uno de los puntos evaluables es que el alumno memorice y reproduzca "fórmulas sencillas de petición y agradecimiento". Eso sí, Religión se mantuvo como optativa en los seis cursos de Primaria y en los cuatro de Sencundaria, y su contenido seguía siendo evaluable pese a no entrar en las pruebas externas de Secundaria.
Fuente: elconfidencial.com

La asignatura de Religión no computará para la media. La ministra Isabel Cela ha anunciado esta decisión del Gobierno durante su comparecencia en la Comisión de Educación del Congreso. También ha propuesto una asignatura obligatoria de valores cívicos y se ha mostrado en contra de los colegios que apuestan por una educación diferenciada por sexos.
En 'La Tarde' hemos hablado con Monseñor César Franco, Obispo de Segovia, presidente de la Comisión de Enseñanza de la Conferencia Episcopal: "Este anuncio es una sorpresa. No sabes los motivos que hay detrás de esto. Pero parece que la ministra se olvida del articulo 27 de la Constitución, dónde se presenta el verdadero pacto educativo. La libertad de la enseñanza supone el reconocimiento de crear centros docentes, en los que haya respeto, y en los que se adopte la pedagogia oportuna". Sin embargo, deberían ser los padres los que elijan la educación que quieren para sus hijos.
Por otro lado, ¿cómo ven la creación de una asignatura obligatoria de valores cívicos y éticos?: "Es una forma de decir, nosotros somos los que vamos a educar a los alumnos de los centros con algo obligatorio. Las palabras dicen mucho, porque ¿qué se entiene hoy por ética?, ¿quién va a dar esos contenidos? Hay una discriminación".
Y finalmente, analizaba lo que supondrá para los colegios concertados: "Ellos están muy preocupados porque genera controversia y si se quita peso a la educacion concertada, esto puede ser un golpe muy fuerte. Aquí estamos tocando los derechos fundamentales de padres y alumnos. El Estado no tiene el monopolio. Un cosa es un Estado que sea laico y otra es que la sociedad sea así, la sociedad es plural, multicultural, multireligiosa y si se matiene en el marco de la legalidad tiene que ser defendida por un Estado".
Fuente: cope.es ( EN ESTE ENLACE FUENTE SE PUEDE OIR LA ENTREVISTA)
Pedro José Caballero valora la decisión del Gobierno de convertir religión en una asignatura no computable y sin alternativa

El presidente de la CONCAPA (Confederación Católica Nacional de Padres de Familia y padres de Alumnos), Pedro José Caballero, ha analizado este miércoles en COPE la decisión del Gobierno de anular el carácter computable de la asignatura de Religión en colegios e institutos y, además de imponer a todos los alumnos la asignatura de Valores Cívicos y Éticos. Una materia que, según Pedro José Caballero, recupera no solo lo peor del Gobierno de Zapatero y de la asignatura Educación para la Ciudadanía, sino que lo aumenta.
Además, ha añadido que el Gobierno, a través de lo anunciado hoy por la ministra, Isabel Celaá, incumple todos los acuerdos que se tenian con la Santa Sede. Es más, ha admitido que la religión no tiene ningún sentido si es una asignatura que no computa en las notas de los alumnos. Además, ha querido recordar que una asignatura como la que se desea imponer ahora en las escuelas (Valores Cívicos y Éticos) traerá como hizo Educación para la Ciudadanía enfrentamientos y fractura en las familias.
Por otro lado, el Gobierno derogará los itinerarios que marcaba la Lomce a partir de los 13 años pues, según Celaá, "condicionan las opciones y el futuro del alumnado según su rendimiento". También se suprimirán las reválidas contempladas en la Lomce -el anterior ministro, Íñigo Méndez de Vigo, las paralizó- y se recuperarán Programas de Diversificación Curricular para apoyar al alumnado con más dificultades de rendimiento.
Celaá ha manifestado, no obstante, que se recuperarán las evaluaciones diagnósticas, en concreto, en cuarto de Primaria y segundo de Educación Secundaria Obligatoria (ESO). Se busca analizar planes para la mejora de los centros, en colaboración con las comunidades autónomas y se darán recursos a los barrios más pobres para ayudar a los alumnos a elevar sus resultados académicos.
Fuente: cope.es
Celaá anuncia que el Ejecutivo se dispone a derogar de forma "urgente" varios artículos de la Lomce y revertirá los recortes introducidos en 2012 por el Gabinete de Rajoy. Se suprimirán las reválidas.

El Gobierno revisará de forma "urgente" varios artículos de la 'ley Wert' y revertirá los recortes en la escuela que introdujo el Partido Popular en 2012. La Religión, caballo de batalla de la oposición al Ejecutivo popular en los últimos años, dejará de ser computable y no tendrá ninguna alternativa. Y se implantará una asignatura obligatoria de Valores Cívicos y Éticos, "centrada en el tratamiento y análisis de los derechos humanos y de las virtudes cívico-democráticas".
La ministra de Educación y Formación Profesional y portavoz del Gobierno,Isabel Celaá, se estrenaba este miércoles en el Congreso, adonde acudió para explicar las líneas maestras de su departamento y para ofrecer "colaboración y diálogo abierto" a todos los grupos, puesto que la educación "es una prioridad" si se quiere "ganar el futuro" y "nadie tiene la solución completa".
La parte troncal de su exposición gravitó en torno a las modificaciones previstas de la polémica Ley Orgánica para la Mejora de la Calidad Educativa (Lomce), aprobada por el PP, que contó con el rechazo de toda la oposición y que incendió las aulas y las calles. El Gobierno reformará los artículos 122, 127 y 135 de la norma para recuperar la participación de la comunidad educativa en los consejos escolares de los centros públicos y concertados. Además, se cambiará la forma de selección de los directores de los centros públicos. Se derogarán los itinerarios "segregadores" a partir de los 13 años que imponía la Lomce, que "condicionan las opciones y el futuro del alumnado según su rendimiento".
Se recuperará la participación de la comunidad educativa en los consejos escolares y se derogarán los itinerarios segregadores a partir de los 13 años
Y se suprimirán las denostadas reválidas contempladas en la ley vigente (el anterior titular del departamento, Íñigo Méndez de Vigo, las paralizó). Se recuperarán los Programas de Diversificación Curriculular, que apoyaban a los alumnos con más dificultades de rendimiento. No obstante, se retomarán las evaluaciones diagnósticas: en concreto, en cuarto de Primaria y en segundo de Educación Secundaria Obligatoria (ESO), para así analizar planes para la mejora de los centros, en colaboración con las comunidades autónomas. No se puede derogar por completo la Lomce, como le pidieron algunos grupos, porque no es una "ley sustantiva", ya que descansa en otras leyes orgánicas, pero lo que sí se tocarán serán aspectos importantes, como los citados que "vulneran la igualdad de oportunidades" y son "perturbadores", razonó.
El Gobierno revisará de forma "urgente" varios artículos de la 'ley Wert' y revertirá los recortes en la escuela que introdujo el Partido Popular en 2012. La Religión, caballo de batalla de la oposición al Ejecutivo popular en los últimos años, dejará de ser computable y no tendrá ninguna alternativa. Y se implantará una asignatura obligatoria de Valores Cívicos y Éticos, "centrada en el tratamiento y análisis de los derechos humanos y de las virtudes cívico-democráticas".
La ministra de Educación y Formación Profesional y portavoz del Gobierno,Isabel Celaá, se estrenaba este miércoles en el Congreso, adonde acudió para explicar las líneas maestras de su departamento y para ofrecer "colaboración y diálogo abierto" a todos los grupos, puesto que la educación "es una prioridad" si se quiere "ganar el futuro" y "nadie tiene la solución completa".
La parte troncal de su exposición gravitó en torno a las modificaciones previstas de la polémica Ley Orgánica para la Mejora de la Calidad Educativa (Lomce), aprobada por el PP, que contó con el rechazo de toda la oposición y que incendió las aulas y las calles. El Gobierno reformará los artículos 122, 127 y 135 de la norma para recuperar la participación de la comunidad educativa en los consejos escolares de los centros públicos y concertados. Además, se cambiará la forma de selección de los directores de los centros públicos. Se derogarán los itinerarios "segregadores" a partir de los 13 años que imponía la Lomce, que "condicionan las opciones y el futuro del alumnado según su rendimiento".
Se recuperará la participación de la comunidad educativa en los consejos escolares y se derogarán los itinerarios segregadores a partir de los 13 años
Y se suprimirán las denostadas reválidas contempladas en la ley vigente (el anterior titular del departamento, Íñigo Méndez de Vigo, las paralizó). Se recuperarán los Programas de Diversificación Curriculular, que apoyaban a los alumnos con más dificultades de rendimiento. No obstante, se retomarán las evaluaciones diagnósticas: en concreto, en cuarto de Primaria y en segundo de Educación Secundaria Obligatoria (ESO), para así analizar planes para la mejora de los centros, en colaboración con las comunidades autónomas. No se puede derogar por completo la Lomce, como le pidieron algunos grupos, porque no es una "ley sustantiva", ya que descansa en otras leyes orgánicas, pero lo que sí se tocarán serán aspectos importantes, como los citados que "vulneran la igualdad de oportunidades" y son "perturbadores", razonó.
Lo dice la Declaración de París
Celaá también anunció cambios en la asignatura de Religión, concebida de manera injusta por el exministro José Ignacio Wert, aseguró. La materia, a partir de ahora, "no será computable a efectos académicos y no tendrá ninguna alternativa en forma de asignatura-espejo como hasta ahora", porque la libertad de unos a cursar Religión no puede "conllevar" para otros la obligación de estudiar otra materia. Esto quiere decir, en definitiva, que Religión ya no contará para la media, ni importará para el expediente ni será tenida en cuenta para el acceso a las becas. Será de oferta obligatoria para los centros y de inscripción voluntaria para los alumnos.
La nueva materia no ha de ser polémica porque la educación ha de fomentar "los valores de libertad y ciudadanía, de tolerancia y de no discriminación"
La ministra propone así la creación de una asignatura "obligatoria" de Valores Cívicos y Éticos, "centrada en el tratamiento y análisis de los derechos humanos y de las virtudes cívico-democráticas". Argumentó que la Declaración de París de marzo de 2015, asumida por los 28 Estados miembros de la UE (y por tanto por España) establece que la educación ha de fomentar "los valores comunes de libertad y ciudadanía, de tolerancia y de no discriminación como pilares fundamentales de la democracia".
El ministerio prefiere no hablar de recuperación de la malograda Educación para la Ciudadanía, que introdujo el Gobierno de José Luis Rodríguez Zapatero y que el PP descalificó y suprimió con la Lomce (2013) porque, a su juicio, "adoctrinaba" a los chavales. No quiere ni retomar el nombre si eso es objeto de "diatriba". Aún quiere discutir el contenido exacto de la nueva materia con la comunidad educativa. La introducción de una materia como Valores Cívicos y Éticos "no debe ser objeto de polémica alguna a estas alturas y menos cuando en toda Europa lleva años formando parte del currículum".
La red pública tendrá preeminencia
Celaá defendió la escuela pública como "eje vertebrador del sistema". Partiendo de esa premisa, se modificará el artículo 109.2 de la LOMCE, por el cual la programación de la oferta de plazas escolares se establecía por la llamada "demanda social". Algo que para la ministra en un "eufemismo", pues ha servido para "propiciar en algunos casos que la escuela pública sea subsidiaria de la concertada". "La red pública tendrá preeminencia, mientras que la concertada será complementaria de las necesidades de escolarización". Para el Gabinete de Pedro Sánchez, no obstante, la red concertada cubre una función social y la "inmensa mayoría" de estas escuelas "cumple con sus obligaciones y fines sociales, fortaleciendo el sistema".
El Ejecutivo abrirá un "tiempo de diálogo" con los centros concertados que segregan entre niños y niñas para intentar "acordar" un modelo "igualitario"
El Ejecutivo abrirá un "tiempo de diálogo" con los centros concertados que segregan entre niños y niñas para intentar "acordar" un modelo "igualitario". La separación por sexos "contraviene los principios generales de la educación inclusiva y la coeducación". No obstante, son "muy pocos" los centros que diferencian a sus alumnos por género. Celaá, tras la intervención de la portavoz del PP, Sandra Moneo, reconoció que una sentencia del Tribunal Constitucional permite la educación segregada, pero eso no quiere decir, alegó, que la mixta no lo sea, y en todo caso el Ejecutivo está convencido de que la coeducación "da muchísimos mejores resultados".
La ministra adelantó que el Gobierno acabará con el real decreto ley 14/2012, de medidas urgentes de racionalización del gasto público en el ámbito educativo que afecta a las enseñanzas no universitarias. Así, revertirá medidas como el aumento del número de alumnos por aula, el incremento de la jornada lectiva de los profesores y el plazo de 10 días para su sustitución. Esto irá ligado al crecimiento de la "inversión en la formación permanente del profesorado y en la investigación e innovación educativa".
Un Número de Identificación del Alumno
El ministerio creará el Número de Identificación del Alumno como medida censal para profundizar en la trayectoria individual y para "personalizar las respuestas del sistema" contra el abandono escolar temprano, además de para conocer la composición socioeconómica de los centros. Esta iniciativa, subrayó, ya ha sido introducida en otros países. Para el Ejecutivo, cabe el peligro de que, una vez pasada la crisis económica, el mercado laboral vuelva a atraer a jóvenes sin titulación posobligatoria para desempeñar trabajos no cualificados, No se puede "caer en el mismo error", de ahí que una de las recetas sea este Número de Identificación del Alumno, que ha dado buenos resultados en otros Estados.
Uno de los retos es el combate al abandono escolar temprano, para lo que se pondrá en marcha un paquete de medidas, y se impulsará la FP
Celaá subrayó que el principal desafío de su departamento es, precisamente, el abandono escolar temprano, el que se produce nada más cursar la educación obligatoria y que varía notablemente entre comunidades (del 26% en Baleares al 7% en el País Vasco). Entre las medidas incluidas en el paquete figura la lucha contra la pobreza infantil, con el apoyo de becas y ayudas, en colaboración con el Alto Comisionado dedicado a esta misión que dirige Luisa Carcedo, así como acordar con empresarios y sindicatos fórmulas más flexibles para que los jóvenes puedan compatibilizar empleo y formación.
Con este objetivo, se hará una firme "apuesta por la Formación Profesional como motor del cambio del modelo productivo". Se modernizará la FP mediante un "amplio acuerdo" adatado a las necesidades de la nueva economía y diseñando una oferta única, integrada y flexible. "Es el momento de integrar los dos subsistemas de FP: el del sistema educativo y la formación para el empleo, con la coordinación en su regulación con el Ministerio de Trabajo y con la participación de agentes sociales, empresarios y sindicatos". Así, se diseñará, con el "máximo consenso", una Ley de Formación Profesional en la que se vinculen políticas de educación, FP, empleo y desarrollo económico.
Lograr una educación infantil "asequible" será una prioridad para el Gobierno. Y por eso el ministerio "impulsará un programa de cooperación territorial con las comunidades autónomas en educación de 0 a 3 años", que incluirá la dotación de recursos para planes de apoyo y orientación a los padres y madres. Estos estarán dirigidos a las familias con las rentas más bajas. Se diseñará en coordinación, de nuevo, con el Alto Comisionado para la Lucha contra la Pobreza Infantil. A partir de septiembre se pondrá en marcha el Observatorio de Becas y Ayudas al Estudio, en el que participarán los agentes de la comunidad educativa. El objetivo es "revisar el modelo para hacerlo más justo y equitativo".
Fuente: elconfidencial.com