A - Semejanzas y diferencias entre Catequesis y enseñanza escolar de la Religión
Catequesis y enseñanza religiosa escolar coinciden en que ambas son una enseñanza o instrucción. Coinciden también en la estructura de sus fines: ambas poseen una finalidad de orden estrictamente individual y una finalidad de orden social.
La Enseñanza Religiosa Escolar
Difieren sin embargo, en cuanto a la naturaleza del fin individual. Mientras que la Catequesis pretende incrementar y profundizar la adhesión personal a la fe religiosa, la enseñanza religiosa se propone el descubrimiento y la aceptación de la individualidad personal.
También difieren en cuanto a la naturaleza del fin y objetivo social. La catequesis se propone la integración del creyente en su comunidad religiosa (su Iglesia). La enseñanza de la Religión intenta la plena integración del individuo en la sociedad, mediante la asunción de su papel o su rol social y la interiorización de las reglas que presiden su desarrollo.
Como consecuencia se da también una diferencia en cuanto al sujeto de ambos tipos de enseñanza. El sujeto de la catequesis (aquél a quien ésta se dirige) es necesariamente una persona que ya tiene una “adhesión a la fe” y busca profundizarla y madurarla. Es decir, el sujeto de la catequesis es ya un creyente. Por el contrario, aquél a quien se dirige la enseñanza religiosa no tiene por qué ser, en principio, creyente.
El contenido u objeto de la enseñanza es también diferente en ambas formas de la enseñanza de la Religión. Mientras que el contenido de la catequesis es la realidad sobrenatural, tal como se demuestra a través de las mediaciones religiosas, el contenido de la enseñanza escolar de la Religión son las mediaciones, en cuanto construcciones culturales que reflejan la experiencia religiosa de un sector de la sociedad en el presente o en el pasado.
Es obvio que el método debe ser también diverso en ambos modelos de enseñanza. En común tienen el ser métodos activos. Pero esta misma cualidad es la causa de su diferenciación. Mientras que la actividad de la enseñanza catequética se refiere a procesos de relación con la misma divinidad, en cuanto presente en la existencia humana, la relación con los contenidos de las mediaciones en la enseñanza escolar de la Religión es una relación de empatía cultural, sin que ello quiera decir que, por parte del individuo, permanezca cerrada a otras posibilidades de relación. En la catequesis, el método es de participación religiosa en la
La Enseñanza Religiosa Escolar
fe, en el culto y en la acción moral. En la enseñanza escolar de la Religión, el método es de relación empática con las mediaciones.
Finalmente diremos que las diferencias entre Catequesis y enseñanza escolar de la religión parecen limitarse a modos de proceder. Esto no es así. Han sido inicialmente expuestas de este modo porque el lenguaje operativo es el más concreto y el que mejor presenta la claridad de los hechos. Sin embargo, estas diferencias aunque resultan más relevantes no son las más significativas.
En cuanto al modo externo de proceder en la enseñanza no es otro, sino la manifestación de diferencias más profundas. En concreto, las diferencias de fondo afectan a: la identidad de la Pedagogía religiosa, a la visión de la Religión y a la identidad del profesor de Religión.
B - Identidad de la Pedagogía Religiosa
Hasta que la Conferencia Episcopal Española publicó en junio de 79 el Documento sobre la enseñanza de la Religión en la Escuela, la única enseñanza religiosa conocida, incluso en la escuela, era la Catequesis.
Conviene saber que la Pedagogía y Didáctica de la Religión se denominaban hasta hace pocos años Pedagogía catequística, Catequética o Metodología de la catequesis. Son nombres diversos pero que estudian la misma realidad: la educación en la fe en sus distintas formas. El nombre completo de esta ciencia que sistemáticamente rige la enseñanza religiosa es el de Teología Pastoral Catequética. Es decir, se trata de una Pedagogía regida por los supuestos de la Teología. Cuando la Catequética establece las leyes pedagógicas de la Catequesis, nos habla de leyes que nacen de indiscutibles supuestos teológicos.
Los cambios en el concepto de catequesis han originado los cambios de nombre en el saber o saberes que la estudian. Durante mucho tiempo se ha considerado y limitado la catequesis a una instrucción elemental de los niños en la fe cristiana dentro de la parroquia. Hoy por catequesis se entiende la educación de las múltiples dimensiones que tiene la vida cristiana, abarcando todas las edades, desde niños a adultos, y sin limitarse a la parroquia, pues se incluye también la familia, escuela, asociaciones...
El desarrollo de la enseñanza religiosa escolar y su distinción con la catequesis de la comunidad cristiana o catequesis parroquial han tenido un gran impacto en la Pedagogía y Didáctica de la Religión, pues ha aportado ideas, métodos y experiencias del mundo escolar a la catequesis parroquial, aunque también tenga el inconveniente de que la educación en la fe en la escuela y en la parroquia parezcan ser dos mundos completamente distintos, cuando en realidad tienen muchos lazos comunes e intentan lo mismo: educar la fe de los cristianos.
La enseñanza religiosa hace referencia a una visión más global de los problemas, aborda el tema de cómo educar en la fe (es decir, en la religiosidad popular, en las creencias y costumbres) y en la vida cristiana. La Catequesis se centra en un campo más limitado, como enseñar la Religión y Moral Católica, es decir, cómo enseñar la fe y la vida cristiana.
Ahora bien, en la enseñanza escolar de la Religión, al desaparecer el supuesto de la opción de fe en el alumno, y al cambiar, como consecuencia, los objetivos de la enseñanza, no fue posible contar ya con los supuestos teológicos para sistematizar los procesos de enseñanza. Por el contrario, sus ocupaciones y sus principios vendrán dados por las estructuras que rigen la labor pedagógica de la institución escolar.
1 - Los Objetivos
Los objetivos de la enseñanza escolar, que son la individuación de la persona y su inserción en la sociedad, no son de orden teológico, sino que forman parte de los fines generales de la educación y caen, por tanto, bajo los supuestos de la Pedagogía.
Los objetivos de la catequesis (maduración en la fe e incorporación a la Comunidad cristiana) sí son de orden teológico, y sus leyes pueden ser establecidas con legitimidad por la Teología.
2 - Los Contenidos
Aunque el contenido u objeto que se transmite en la catequesis y en la enseñanza religiosa escolar sean materialmente los mismos el objeto formal, es decir, el punto de vista desde el cual se transmiten, es notablemente diferente. En la catequesis, los contenidos se transmiten desde el punto de vista de la confesión de la fe, como contenidos de fe que posee el sujeto. En la enseñanza religiosa escolar, los contenidos se transmiten en cuanto contenidos de cultura, que son los contenidos propios de la transmisión escolar.
Es lógico, pues, que la regulación de la transmisión de contenidos en la catequesis sea realizado por la Teología. Mientras que las leyes de la Pedagogía son las que rigen la transmisión de los contenidos culturales, atendiendo a supuestos que le son propios.
3 - Los Agentes
En cuanto a los agentes del proceso educativo, las diferencias entre catequesis y enseñanza religiosa escolar nos llevan también a descubrir el perfil de una nueva identidad en la Pedagogía religiosa.
En efecto, el primer agente de la transmisión catequética es la comunidad cristiana, y el catequista es el delegado de esta comunidad para realizar la función de transmisión de la fe a los que han de ser educados en ella. Por otro lado, el agente primero de la transmisión cultural es la sociedad, y el maestro es el agente encargado por la sociedad de realizar la función transmisora.
Le corresponde pues a la Pedagogía, y no a la Teología, determinar la identidad y el perfil activo de los agentes transmisores de la enseñanza religiosa escolar.
4 - Los Medios
Es evidente que la catequesis cuenta con sus propios medios específicos orientados a que el mensaje que se transmite haga madurar en la fe al sujeto. La participación litúrgica y el compromiso moral se encuentra entre estos medios. La Teología pues, debe regir la aplicación de estos medios. Por el contrario, es la Pedagogía y la Didáctica a quienes corresponde regular los medios de transmisión de los contenidos culturales en la escuela.
5 - El currículo escolar de la Religión
La Pedagogía religiosa tiene dos modos propios de trabajar según los dos objetivos marcados: primero, describir los pasos que han de llevar a la plena integración de la enseñanza de la Religión al currículo escolar, desde los supuestos propios de la institución escolar, tal como demanda el documento de junio de 79 DCG. En segundo lugar, la descripción de este método supone, al mismo tiempo, presentar la sucesión de pasos metodológicos para definir el contenido de la enseñanza de la Religión en cada una de las etapas educativas por las que transcurre la escolaridad del niño.
Las fuentes del currículo, tal como se definen en el actual quehacer pedagógico son las siguientes:
· - Fuente epistemológica
Conocer la estructura y el desarrollo lógico de la ciencia que se transmite. La ciencia que es objeto de transmisión es el contenido de la Religión y, en el caso de la Religión cristiana, el mensaje cristiano en cuanto objeto de transmisión didáctica.
La Pedagogía entra en diálogo con el mensaje cristiano como una tarea que le es propia. A la Pedagogía le interesa “la estructura y el desarrollo lógico”, datos que le son aportados por la epistemología aplicada a cada una de las ciencias que son objeto de la enseñanza.
Es decir, la Pedagogía estudia el hecho religioso cristiano “desde fuera”. Como un fenómeno que está ahí, y que trata de analizar para descubrir su estructura y las conexiones lógicas que existen entre sus diversos elementos.
· - Fuente psicológica
Corresponde también a la Pedagogía establecer la adecuación entre las estructuras y desarrollo lógico de la ciencia que se transmite y la naturaleza y secuencias de las estructuras mentales del sujeto del aprendizaje.
En la enseñanza religiosa ha existido con frecuencia el criterio de que lo importante no es que el niño entienda los conceptos que se le transmiten, sino que los aprenda bien, porque ya más adelante los entenderá. Naturalmente, la expresión confunde el concepto de aprendizaje con el de simple memorización. Tal concepción no es válida para la Pedagogía actual. Quién reconoce que hay cosas que el niño ahora no entiende pero que entenderá más adelante, está reconociendo un principio que es fundamental para la Pedagogía: que las estructuras del pensamiento del niño, de su inteligencia, aún no están totalmente formadas.
Pues bien, si la Pedagogía estudia las estructuras y el desarrollo del mensaje cristiano, como de cualquier otro contenido de una ciencia que haya que transmitir, estudia también las capacidades o estructuras mentales del conocimiento que posee el niño en cada etapa de su desarrollo. Y esto lo hace con una finalidad: la de ver qué estructuras del Mensaje cristiano corresponden a las estructuras mentales del niño en cada edad.
Aquí también se muestra la Pedagogía religiosa con identidad propia, independientemente de la Teología, pues su criterio en la transmisión de los contenidos del mensaje cristiano no responde a la cuestión de “cuáles son las verdades más importantes”, sino a las de “cuáles son las verdades adecuadas a las estructuras mentales” o capacidades de conocimiento del niño.
· - Fuente pedagógica
La Pedagogía tiene también como misión la creación y perfeccionamiento de instrumentos desencadenadores de acciones de aprendizaje, o instrumentos didácticos.
La Pedagogía, como hemos visto, establece la adecuación entre unas estructuras y otras, pero, tiene que buscar el modo como debe realizarse el encuentro entre el niño y el mensaje cristiano. Del mismo modo que estudia el modo como ha de realizarse el encuentro entre las estructuras mentales del niño y cualquier contenido de la ciencia que se quiere transmitir. Este encuentro se realiza de modo adecuado gracias a los instrumentos didácticos.
En la catequesis, el encuentro del niño con los contenidos del mensaje cristiano se produce, sobre todo, en el ejercicio de la fe. Se presentan los contenidos mediante acciones simbólicas en las que el niño participa. Por lo que, la liturgia sería un instrumento didáctico de la catequesis.
No obstante, los instrumentos didácticos para la enseñanza religiosa escolar han de provenir de supuestos estrictamente pedagógicos, que surjan como fruto de la confrontación de las estructuras de contenidos y de las estructuras del pensamiento.
C - Visión de la Religión
La nueva identidad de la Pedagogía religiosa trata de sistematizar la enseñanza religiosa escolar, por lo que, los supuestos son de orden pedagógicos o didácticos. Decir esto supone que el profesor debe realizar un esfuerzo para comprender los contenidos religiosos desde una perspectiva distinta a la que no se encuentra habituado.
El creyente, en efecto, se halla familiarizado con los contenidos religiosos como con una parte de sí mismo. El mundo religioso es para él un mundo real, intensamente vivido en un acto de fe. Desde los meridianos del mundo religioso, organiza el cosmos vital, enjuicia el mundo y todo cuanto en él existe.
Los contenidos religiosos son para el creyente, no sólo objeto de conocimiento, sino objeto de “observancia cuidadosa”.
Introducir la perspectiva fenomenológica significa que el hecho vivido desde dentro comienza a ser observado como un hecho que está ahí, fuera de mí, aunque yo sea protagonista en él.
A la Pedagogía le interesa del hecho religioso aquello que éste tiene en común con el resto de las ciencias que son objeto de la enseñanza. Le interesa la Religión como un hecho experimental, y en aquello que tiene de experimental. Sólo esto es lo que a la Pedagogía le interesa para estructurar y sistematizar los modos de enseñanza de los contenidos religiosos.
D - Un punto de partida muy claro: el documento sobre la ERE de 1979
Tras la aprobación de la Constitución de 1978, la enseñanza religiosa tenía que hacerse con un lugar en el sistema escolar de un Estado que nacía aconfesional. El difícil pero logrado consenso constitucional expresado en los artículos 16 y 27, para los ámbitos educativo y religioso, abría un periodo nuevo en la sociedad española alcanzando un equilibrio roto desde hacía mucho tiempo.
En coherencia con esta nueva situación de la enseñanza de la Religión en la escuela tenía que encontrar con cierta urgencia una nueva identidad y una nueva legitimidad acorde con los nuevos tiempos y en conexión con la sociedad pluralista en la que los católicos nos situábamos. Tarea nada fácil en el contexto de una sociedad que hasta hacía bien poco tiempo había visto legitimar esta enseñanza desde el autoritarismo, desde la uniformidad, desde el monopolio y desde la imposición.
Es necesario constatar cómo desde el primer momento, antes incluso del referéndum sobre la Constitución, el Episcopado Español asume el reto de generar esta nueva comprensión de la enseñanza de la Religión en diálogo con las nuevas características de la sociedad. Ya en mayo de 1978 la Comisión Permanente de la Conferencia Episcopal encargó a la Comisión de Enseñanza la reflexión acerca de la identidad de la enseñanza religiosa escolar.
En junio de 1979 se hace público un documento elaborado por la Comisión Episcopal de Enseñanza encaminado hacia una nueva identidad y legitimidad de la enseñanza de la religión para una sociedad democrática, plural y tolerante. La sola enumeración de algunos títulos y temas tratados en este documento dejan ver con claridad las nuevas características y la nueva concepción de la enseñanza de la religión innovadora para nuestra sociedad y que aportará luz más allá de nuestras fronteras en la nueva Europa posterior a 1989.
D.1 - Orientaciones sobre la ERE, 1979
El derecho a recibir la Formación religiosa y moral en conformidad con las propias convicciones ha quedado proclamado en la Constitución, en su artículo 27. Este derecho ha sido concretado para el ámbito escolar y en relación con la Iglesia Católica por el Acuerdo entre el Estado y la Santa Sede sobre Asuntos Culturales, de 3 de enero de 1979, especialmente en su Artículo II, como derecho a recibir la enseñanza de la religión católica en condiciones equiparables a las demás asignaturas fundamentales y como el derecho de participar en otras actividades complementarias de formación y asistencia religiosa, lo que precisa el oportuno desarrollo normativo, de acuerdo con la jerarquía eclesiástica en lo que le compete.
D.1.1- Por qué una enseñanza religiosa escolar
a) Es una exigencia de la función social propia de la escuela:
- para situarse lúcidamente ante la tradición cultural
- para insertarse críticamente en la sociedad
- para facilitar una axiología personal y social con sus implicaciones éticas
- para plantear la trascendencia y el sentido último de la vida.
b) Es un derecho de la persona y de los padres de familia:
- reconocido en la declaración universal de los Derechos Humano
- reconocido abierta y explícitamente en la Constitución del 78
- un derecho que no dimana de la confesionalidad del Estado
- una enseñanza distinta de las ideologías y la política.
c) Es una enseñanza necesaria para la formación humana integral.
d) Es un servicio, no un privilegio, de la Iglesia en una sociedad plural.
D.1.2 - Peculiaridad de la enseñanza religiosa escolar
- Es una enseñanza diferente a la catequesis
- Enseñanza y Catequesis se sitúan en dos ámbitos muy distintos
- Es diversa la fuente de iniciativa
- Es distinta la intencionalidad de los destinatarios
- También los objetivos de ambas son distintos
- Es una enseñanza de ámbito escolar que se sitúa con otras disciplinas.
D.1.3 - El contenido de la enseñanza de la religión:
- El mensaje y la experiencia cristianos en la historia
- Las implicaciones sociales y éticas del cristianismo
- Contribución humanizadora del cristianismo
- Siempre estructurado con rigurosidad científica
- Con la adecuación pedagógica y psicológica que sea necesaria.
Esta nueva identidad de la enseñanza religiosa escolar que conlleva una nueva legitimidad, sigue siendo aún bastante desconocida. Podría dar la impresión de que algunas personas siguen sin superar hoy argumentos más propios de otros tiempos.
E- Textos fundamentales sobre el tema
E.1 - Declaración de los Derechos Humanos (10-XII-1948)
La misma Declaración Universal de Derechos Humanos, en su Artículo 26 afirma que:
La Enseñanza Religiosa Escolar
“La educación tiene por objeto el pleno desarrollo de la personalidad humana” y que “los padres tendrán derecho preferente a escoger el tipo de educación que habrá de darse a sus hijos”.
E.2 - Constitución Española (1978)
El conocimiento y análisis de las religiones supone el ejercicio de una tolerancia activa, que comprende y respeta la pluralidad de las cosmovisiones. Dicha tolerancia activa es, sin duda, exigencia, expresión y garantía de una conciencia ciudadana conformada por los valores de la libertad, la justicia, la igualdad y el pluralismo que, de acuerdo con la Constitución, deben inspirar el ordenamiento académico y presidir todos los ámbitos de la convivencia.
Sin embargo, las convicciones religiosas o la ausencia de ellas tienen un carácter privado, que se vincula al ámbito de las creencias personales y que también demanda respeto.
La Constitución Española ha reconocido en su artículo 27.3 el derecho que asiste a los padres para que sus hijos reciban una formación que esté de acuerdo con sus propias convicciones. La efectiva aplicación de tal derecho exige una solución coherente en el contexto de un Estado aconfesional. De acuerdo con este planteamiento, el carácter ideológicamente neutral de la escuela pública debe ser preservado y hacerse compatible con el objetivo formativo general de conocer las creencias, actitudes y valores básicos de las distintas confesiones o corrientes laicas que a lo largo de los siglos han estado presentes en la sociedad y que forman parte de la tradición y el patrimonio cultural español. Además, en la sociedad cada vez más multicultural en que vivimos es necesario conocer las diversas culturas religiosas de importantes colectivos de nuestros conciudadanos, para reforzar la tolerancia, el respeto mutuo y, en última instancia, la cohesión social.
La enseñanza de las religiones presenta así dos dimensiones que deben ser atendidas. Una, general, a la cual deben acceder todos los alumnos y tener carácter común, que debe ayudar a la comprensión de las claves culturales de la sociedad española, mediante el
conocimiento de la historia de las religiones y de los conflictos ideológicos, políticos y sociales que en torno al hecho religioso se han producido a lo largo de la historia. Se trata de ofrecer un acercamiento razonado a las religiones como hechos de la civilización, proporcionando a todos los estudiantes los instrumentos necesarios para desarrollar plenamente su personalidad y completar su educación, asegurándoles de ese modo su derecho al libre ejercicio de la crítica. La enseñanza de estos aspectos de las religiones debe estar integrada en el currículo común de la escuela primaria y secundaria y ha de ser encomendada a los profesores y departamentos a quienes corresponda, especialmente los de Geografía e Historia y Filosofía.
PRESENTACIONES
----------------------------------------------------------------------------------------------------------------